Cómo solicitar el grado de dependencia
Si tú o un familiar necesitáis ayuda para las actividades básicas del día a día (asearse, vestirse, comer, moverse por casa), la Ley de Dependencia reconoce un grado oficial que da acceso a servicios y prestaciones económicas. El primer paso siempre es el mismo: pedir la valoración.
Paso 1 — Presentar la solicitud
Se presenta en los servicios sociales del ayuntamiento de empadronamiento o en la sede electrónica de tu comunidad autónoma (la competencia es autonómica). Documentación habitual: DNI, certificado de empadronamiento (suelen exigir residencia en España de al menos 5 años), informe de salud en el modelo de la comunidad y, si se pedirán prestaciones económicas, declaración de la capacidad económica.
Paso 2 — La valoración
Un profesional del equipo de valoración visita el domicilio y aplica un baremo oficial: observa qué puede hacer la persona por sí misma y en qué necesita apoyo. Consejo práctico: el día de la visita, describe el peor día típico, no el mejor — el baremo mide la necesidad real de ayuda.
Paso 3 — Resolución de grado
- Grado I — dependencia moderada: necesita ayuda al menos una vez al día.
- Grado II — dependencia severa: necesita ayuda dos o tres veces al día, sin apoyo permanente de un cuidador.
- Grado III — gran dependencia: necesita apoyo indispensable y continuo.
El plazo legal de resolución es de 6 meses; la espera real varía mucho según la comunidad. Si la situación empeora, se puede pedir revisión de grado.
Paso 4 — El PIA: qué recibes según tu grado
Con el grado reconocido, se acuerda el Programa Individual de Atención (PIA), que concreta servicios o prestaciones:
- Servicios: teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día o de noche, atención residencial.
- Prestación por cuidados en el entorno familiar: si te cuida un familiar. En 2026 alcanza hasta unos 180 €/mes en Grado I, 316 €/mes en Grado II y 455 €/mes en Grado III (la cuantía final depende del grado y de la capacidad económica). Novedad de 2026: se eliminó el plazo de espera de 2 años que retrasaba esta prestación.
- Prestación vinculada al servicio: dinero finalista para pagar un servicio privado (por ejemplo, una residencia) cuando no hay plaza pública.
Ayudas que se suman a la dependencia
Muchos ayuntamientos y comunidades convocan además ayudas propias: comida a domicilio, teleasistencia municipal, adaptación de la vivienda o apoyo a cuidadores. Son las que monitorizamos a diario contra la BDNS: convocatorias para mayores y dependencia abiertas ahora, también por provincia.